Fondo laboral: cuánto deberán aportar las empresas y cómo se reservará el dinero
El régimen establece contribuciones mensuales sobre la masa salarial y prevé la designación de una administradora para gestionar los recursos destinados a indemnizaciones.
Las empresas deberán constituir una reserva mensual para afrontar indemnizaciones por despido mediante el Fondo de Asistencia Laboral. El aporte obligatorio se calculará sobre la masa salarial y será del 1% para las grandes compañías y del 2,5% para las pymes.
El mecanismo modifica la forma de atender una obligación que, hasta ahora, se cubría con fondos propios de la empresa en el momento de la desvinculación. Con el nuevo esquema, el empleador deberá separar recursos de manera periódica para atender esas contingencias.
Administración y destino de los aportes
La empresa abre una cuenta a su nombre, pero no puede disponer de los recursos para otros fines. Al producirse una desvinculación, el pago se realiza directamente en una cuenta bancaria a nombre del trabajador. Los fondos están separados del patrimonio de la compañía.
Cada empleador debe elegir una administradora habilitada. Si no lo hace dentro del plazo previsto, el organismo regulador le asignará una de oficio.
Damián Koltan, director comercial de BIND Inversiones, una de las administradoras habilitadas, sostuvo que el sistema permite a las empresas prever financieramente futuras desvinculaciones y afirmó que no representa un costo adicional. También reconoció que persisten dudas sobre su funcionamiento y señaló que la entidad está reforzando la capacitación de sus clientes.
Para los trabajadores, la reserva anticipada de una parte de la compensación por despido apunta a reducir la dependencia de la situación de caja del empleador al momento del egreso y, con ello, el riesgo de que la empresa no pueda afrontar el pago.
Omar Zelarayán, Campo y producción.
