Comienza a regir el nuevo régimen penal juvenil: menores de 14 años quedan alcanzados por la ley 27.801
La normativa entró en vigencia este sábado, 180 días después de su publicación en el Boletín Oficial. Establece penas de hasta 15 años para los delitos más graves y fija escalas según la gravedad del hecho. Seis adolescentes acusados de homicidio antes de la fecha de aplicación quedaron fuera del alcance de la reforma.
A partir de este sábado, los adolescentes de 14 años en Argentina pueden recibir condenas penales en el marco del nuevo régimen penal juvenil dispuesto por la ley 27.801, cuya entrada en vigencia se cumplió tras cumplirse los 180 días desde su publicación en el Boletín Oficial, según fuentes consultadas por este portal.
La reforma reduce el piso de imputabilidad penal juvenil de 16 a 14 años y establece un esquema de sanciones graduadas de acuerdo con la gravedad del delito. La norma quedó bajo la órbita de aplicación del Ministerio Público Fiscal y de los tribunales con competencia penal juvenil de cada jurisdicción.
Escalas de pena y modalidades de cumplimiento
La privación de libertad quedó reservada para los casos más graves, entre ellos el homicidio, según la letra del texto sancionado por el Congreso. Para esos supuestos, la ley contempla tres modalidades: arresto domiciliario, internación en un instituto de régimen abierto o alojamiento en un centro especializado de detención.
La pena máxima aplicable a un menor es de 15 años, aunque dos tercios de la condena pueden cumplirse bajo libertad condicional, lo que en la práctica reduce el encierro efectivo a un máximo de diez años. Para delitos de menor gravedad, como hurtos y robos sin armas, la norma habilita sanciones alternativas al encierro.
- Robos agravados con armas de fuego: el juez conserva la facultad de reemplazar la prisión por tobilleras electrónicas, prohibición de asistencia a determinados lugares o, en casos extremos, separación del menor de su entorno familiar si se acredita que ese entorno fomenta la actividad delictiva.
- Requisitos para aplicar la pena alternativa: dictamen pericial favorable, conformidad del Ministerio Público Fiscal y que se haya escuchado a la víctima.
- Condiciones del adolescente: no debe registrar condenas previas ni procesos con auto de procesamiento firme.
Casos anteriores a la entrada en vigencia
Desde la sanción de la norma hasta su aplicación efectiva, al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del alcance del nuevo régimen por razones de edad al momento de los hechos, según la fiscalía. Entre los expedientes que no alcanzará la ley figura el asesinato del cabo Cristian Gerez, de 36 años, ocurrido el 20 de julio en Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires. Los dos imputados, de 14 y 15 años, permanecen bajo custodia judicial pero no enfrentarán proceso penal ni condena, según fuentes policiales.
Bajo el esquema anterior, un menor considerado inimputable podía quedar internado en un instituto solo hasta los 18 años, sin registro de antecedentes. Con la nueva ley, los adolescentes de 14 a 16 años que comentan delitos graves quedan sujetos a un proceso penal con penas proporcionales y reglas de cumplimiento progresivo.
Próximo paso judicial
La implementación quedó en manos de cada jurisdicción, que deberá adaptar sus estructuras y designar los equipos técnicos responsables de los dictámenes periciales. En las causas ya iniciadas, el Ministerio Público Fiscal deberá evaluar caso por caso la aplicación del nuevo régimen, de acuerdo con la fecha de comisión del hecho, según la fiscalía.
