Comercio: con la suba del 1,9% y la segunda cuota de $25.000, los sueldos de septiembre quedan por encima del millón y medio en el segmento más alto
El tercer tramo del acuerdo trimestral se aplica sobre los básicos de junio y se completa con adicionales por categoría, antigüedad y presentismo. Las partes previeron una revisión en octubre para definir si habráes en el tramo final del año.
Los empleados encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75 percibirán en septiembre de 2026 los haberes devengados en agosto, que incorporan el tercer tramo del incremento trimestral acordado en paritarias, según lo informado por las cámaras empresarias y el sindicato del sector. La suba es del 1,9% mensual, de carácter no acumulativo, y se aplica sobre las escalas básicas de junio de 2026 durante julio, agosto y septiembre.
Vamos a los números. Los básicos brutos vigentes para agosto se ubican en tres niveles: $1.305.461 para el personal de maestranza, $1.317.965 para los administrativos y $1.322.132 para cajeros, auxiliares y vendedores. Frente al mismo mes del año anterior, cuando los básicos de la actividad se ubicaban en un rango sustancialmente menor, la variación nominal acumulada refleja el sendero de actualizaciones que atravesó la paritaria del sector, con incrementos mensuales sostenidos a lo largo de 2026.
La segunda cuota de $25.000 y la suma fija de $120.000
A esos básicos se suma la segunda cuota de $25.000 de una asignación extraordinaria no remunerativa, abonada junto con el sueldo de agosto. El pago alcanza a los trabajadores con jornada completa; quienes se desempeñan a tiempo parcial o con jornada reducida perciben el monto en proporción a las horas efectivamente trabajadas. En paralelo, el acuerdo mantiene una suma fija no remunerativa de $120.000 que se liquida como concepto separado, a la espera de su incorporación gradual al básico. Esa incorporación se concretará en seis cuotas mensuales de $20.000 entre diciembre de 2026 y mayo de 2027.
Adicionales por tarea, kilometraje y antigüedad
- Cajeros categoría A y C: $144.198,68 de suplemento.
- Cajeros categoría B: $567.825,83, más un plus por faltante de caja de $1.635,18 mensuales.
- Armadores de vidriera: $46.042,28 extra.
- Choferes y ayudantes: $118,55 y $96,52 por kilómetro en los primeros 100 kilómetros recorridos, con valores superiores en tramos más largos.
- Antigüedad: 1% por cada año trabajado en la empresa, calculado sobre el total de conceptos remunerativos y no remunerativos.
- Presentismo: asignación adicional sobre los conceptos liquidados en el mes, conforme lo previsto en el convenio.
El acuerdo lleva las firmas de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), y se encuentra homologado bajo el CCT N° 130/75. Las partes convinieron una cláusula de revisión para octubre de 2026, instancia en la que se analizará la evolución de los principales índices económicos con el fin de determinar si corresponden ajustes adicionales en el último tramo del año.
En el promedio nacional, y más allá de las escalas detalladas, la actividad comercial sigue operando con una estructura de adicionales que eleva de manera significativa el recibo final respecto del básico de convenio. La combinación de la cuota extraordinaria, la suma fija en proceso de blanqueo y los suplementos por categoría configura un esquema remuneratorio cuya composición resulta determinante para evaluar cualquier comparación interanual: no considerar esos conceptos lleva a subdimensionar la evolución real de los ingresos del sector.
