Condenan a dos uruguayos a tres años y medio por el túnel excavado hacia el Banco Macro de San Isidro
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 7 de San Isidro dictó la pena por robo agravado en grado de tentativa. Ambos integraban el grupo que cavó el pasadizo hacia las cajas de seguridad.
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 7 de San Isidro condenó a tres años y medio de prisión a Alan Lorenzo Rodríguez, de 36 años, y a César Cazenave Peña, de 49. Ambos son ciudadanos uruguayos y fueron hallados culpables de robo agravado por su comisión en poblado y en banda, en grado de tentativa. El hecho involucra un túnel con el que la organización buscaba ingresar al Banco Macro de Chacabuco 444, en San Isidro.
El acuerdo y la sentencia
La jueza María Coelho homologó un acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre la fiscal Carolina Asprella, las defensas, la Municipalidad de San Isidro y el banco, en carácter de particulares damnificados. Según la fiscalía, los dos condenados formaban parte de la mano de obra que excavó el túnel.
De acuerdo con la sentencia, entre el 1 de noviembre de 2023 y el 8 de agosto de 2024 la organización ejecutó un plan para ingresar al sector de cajas de seguridad mediante la fabricación de un túnel subterráneo. El objetivo era apoderarse de dinero en efectivo en moneda nacional y extranjera, joyas, objetos de arte y otros bienes de valor.
Cómo quedó al descubierto el plan
Según fuentes policiales, el operativo quedó expuesto el 6 de agosto de 2024, cuando un empleado de un local gastronómico vecino al banco encontró una varilla metálica que había salido a la superficie por un error de uno de los excavadores. La banda llevaba nueve meses de planificación y trabajo cuando abortó la operación.
Condenas previas y expulsión
- En julio pasado, tres integrantes de la banda fueron condenados en un juicio abreviado a cargo del juez Maximiliano Savarino, del TOC N° 3 de San Isidro.
- Los condenados en esa instancia fueron Alejandro Israel Rosendo López, Nicolás Ignacio Carpani Romero y Carlos Andrés Cazenave Peña.
- El fallo de este tribunal dispuso la formación de un incidente de extrañamiento, que permite expulsar del país a un extranjero al cumplir la mitad de la condena, siempre que no tenga otras causas abiertas ni condenas pendientes.
